Por los fundamentos antes expuestos, esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCION DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: ANULA DE OFICIO la sentencia dictada en fecha nueve (O9) de Julio de 2003 por el Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia y por ende de la Audiencia Preliminar, celebrada en esa misma fecha y, en consecuencia, se ordena la celebración de una nueva Audiencia Preliminar (para cumplir con las exigencias de inmediación y contradicción) ante otro Juez de Control de este Circuito Judicial Penal, distinto al que emitió el fallo anulado, a fin de que dicte la decisión que corresponda, sin incurrir en el vicio que dio lugar a la presente nulidad. Se deja a salvo la Acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público. SEGUNDO: SE REVOCA la detención decretada en contra del adolescente (se omite) ya identificado, .....