´PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS interpuesto por el profesional del derecho Leandro José Labrador Ballestero, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 56.946, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano Carlos Alberto Morales Ferrer, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.213.559, dirigido a impugnar la decisión Nº 135-24 de fecha siete (07) de marzo de 2024 dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 439, ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.
SEGUNDO: SE ADMITEN las pruebas ofrecidas por la defensa técnica, por cuanto las mismas se tratan de pruebas documentales cuya utilidad, necesidad y pertinencia pueden ser corroboradas directamente cuando se resuelva el presente recurso; prescindiendo esta Alzada de la celebración de la audiencia oral a la que se .....