PRIMERO: Se declara culpable y responsable penalmente al ciudadano, JESÚS ADRIÁN GUERRA ROJAS, titular de la cédula de identidad V-25.060.095, de la comisión de los delitos de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS EN CALIDAD DE CÓMPLICIDAD NO NECESARIA, previsto y sancionado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo. SEGUNDA: Se condena al ciudadano, JESÚS ADRIÁN GUERRA ROJAS, a cumplir la pena de siete (07) años y seis (06) meses de prisión