DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
• Improcedente por extemporáneo el pedimento de extensión del lapso probatorio en la presente incidencia, hecho por el apoderado judicial del co-demandado JESUS CARMONA, abogado HECTOR ACHE VEGAS, y se niega el mismo. Así se decide, en consecuencia:
• TERMINADO el presente incidente de Tacha, propuesto por la abogada MERCEDES CARIDAD PRIETO en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en el Juicio de SIMULACIÓN seguido por el ciudadano MANUEL NAVAF AL ABDALLA en contra del ciudadano JESÚS ENRIQUE CARMONA RODRIGUEZ y la sociedad mercantil N&C CONSULTORES S.A. Así se decide.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la presente decisión.
Publíquese, regístrese .....