Este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley:
Primero: le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 265, 266 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: se deja sin efecto la Medida de SECUESTRO, decretada en fecha 14 de octubre de 2010, sobre el siguiente bien inmueble: constituido por un Apartamento N° 12-E, ubicado en el piso N° 02, del Edificio Residencias Unión, situado en la Calle Narváez, con avenida 4 de Mayo, Porlamar, Municipio Autónomo Mariño del estado Nueva Esparta, que tiene un área aproximada de CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (48 M2), se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con el apartamento N° 12-F; SUR: caja de ascensores, cuarto del ducto de basura y pasillo de circulación; ESTE: pasillo de circulación y co.....