Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RECIBE NUEVAMENTE LA CAUSA N°. 7M-056-07, correspondiente a los acusados JOSE TOMAS ARIAS MIRANDA Y JAVIER ELIAS VARGAS MAZON, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 5, en concordancia con el artículo 6, numerales 1°, 2° y 3° de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: ENRIQUE DE JESUS MONTEVERDE GUERRA Y JEAN CARLOS FLEIRE FERRER, abocándose al conocimiento de la misma, por lo que este Juzgado de Juicio ordena que el presente juicio se constituya nuevamente de forma mixta con Escabinos, a los fines dispuesto en el artículo 342 del Código Orgánico Procesal Penal.
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