Se admitió totalmente la acusación presentada por la Fiscal 5° del Ministerio Público, Abg. MARIONY MARTINEZ , en cuanto a la calificación jurídica del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos Artículo 458 y 277, ambos del Código Penal, en contra del ACUSADO: LUIS ALFREDO MILANO, en perjuicio de la ciudadana MARGOT ENEIDA GOITIA GAMBOA.
Pruebas Admitidas
Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley.; asimismo se admite la calificacion jurídicas dada a los hechos. Y la adhesión de la defensa a las pruebas presentadas por el Ministerio Público, en virtud del principio de la comunidad de la prueba.
Orden de Abrir el Juicio Oral y Público
Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en .....