Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJÁ Y ROSARIO DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ Consumado el acto procesal del convenimiento celebrado entre los ciudadanos JEANNIE JENIFER ARIAS MANJARREZ y LERWIS MANUEL QUINTERO MÉNDEZ a favor de la niña DUILIANA LEANNIE QUINTERO ARIAS y solicitada como ha sido su homologación y que sea pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva, habiendo sido en consecuencia revisado todos los extremos legales, SE DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO CELEBRADO EN ESTE JUICIO, en consecuencia pasado en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitiva.
¿ Ordena oficiar al Departamento de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Zulia, participándole lo conducente a fin de que le retenga .....