...Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículo 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, decreta: PRIMERO: SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE ADMISIÓN, de conformidad al artículo 212 del Código de Procedimiento Civil, produciéndose la nulidad de todo lo actuado hasta la presente fecha, en virtud de la situación de orden público advertido por esta Juzgadora; SEGUNDO: Se DECLARA INADMISIBLE la presente demanda por Prescripción de la Obligación que sigue el ciudadano MANUEL SALVADOR PIÑA RUMBO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.934.128, domiciliado en esta ciudad y municipio autónomo Maracaibo del estado Zuli.....