DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1) Improcedente en derecho, la solicitud de declaratoria de Perención Breve de la instancia, realizada por la abogada en ejercicio CYNTHIA BOCARANDA, actuando en representación de C.A. SEGUROS LA OCCIDENTAL.
1) Improcedente en derecho, la Cuestión Previa opuesta por la abogada en ejercicio CYNTHIA BOCARANDA, actuando en representación de C.A. SEGUROS LA OCCIDENTAL, referente al defecto de forma del libelo de la demanda, establecida en el ordinal 2° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
2) Procedente en derecho, la Cuestión Previa opuesta por la abogada en ejercicio CYNTHIA BOCARANDA, actuando en r.....