DECISIÓN: DECLARA: 1) HOMOLOGA el desistimiento del recurso de apelación propuesto por la parte demandada, contra sentencia dictada en fecha 17 de marzo de 2014. 2) HOMOLOGA el acuerdo celebrado en fecha trece de junio de 2014, entre las ciudadanas NOMBRE OMITIDO, se le imparte la aprobación y judicial decreto conforme a los términos acordados, y se pasa en autoridad de cosa juzgada. 3) ORDENA a la madre, el padre y la abuela materna, no someter a los niños a tratos inhumanos o degradantes, maltrato físico o de palabra, abuso o negligencia que afecten su integridad física, síquica y moral, por cuanto ambos niños son sujetos plenos de derecho, están amparados por la Constitución y la legislación, deben recibir buen trato, y éste entre otras cosas, muy especialmente, comprende no solo el trato igual en la crianza, la convivencia y formación no violenta, sino que está basada en el amor, el afecto, manifestaciones de cariño, no discriminación, la comprensión mutua, el respeto, la toleran.....