Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal con competencia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano JOSE HIPOLITO RINCON GALVIS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de El Guayabo, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, fecha de nacimiento 13/08/1936, de 76 años de edad, soltero, obrero, alfabeto, titular de la Cédula de Identidad N° 19.202.037, residenciado en el barrio El Progreso, calle Aurora, casa N° 04, diagonal al Supermercado, El Guayabo, Parroquia Udon Pérez, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, teléfono 0275-3330421, actualmente en libertad mediante medida cautelar sustitutiva, a cumplir las penas de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION, así como, a las accesorias legales de la inhabilitación política.....