DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, y en consecuencia Extingue la Acción Penal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, a favor del ciudadano JHON JAIRO GONZALEZ RAMOS, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.951.874, fecha de nacimiento 01-12-1969, de 40 años de edad, Soltero, domiciliado en Barrio Bicentenario Sur, calle 10 avenida 11, casa N° 9C-39, Parroquia San francisco, Municipio San francisco Estado Zulia, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA, previst.....