IV.- DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al acusado: JHON GREGORIO URDANETA GODOY, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.920.428, Soltero, profesión u oficio Albañil, hijo de Ciro Ángel Urdaneta Rincón y de Aida Josefina Freites Godoy, residenciado en el Barrio San Agustín, diagonal al Abasto la Mano de Dios. Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias de Ley, por la comisión del lo delito HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, en perjuicio de la occisa ANA ANGELICA LAMEDA ARRIETA, pena que deberá cumplir en el establecimiento penitenciario que determine el Juez de Ejecución que corresponda conocer de la presente causa, todo de conformidad con .....