DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La HOMOLOGACIÓN del acuerdo judicial celebrado en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió el ciudadano JOHÁN JOSÉ HIDALGO CORONA contra el SEGURIDAD CASABLANCA, CA, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: se suspende la audiencia de juicio, se da por terminada la presente causa y se abstiene del archivar el expediente hasta tanto conste el cumplimiento de la obligación.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.