CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO, realizado por la abogada SOBEIDA TORRES DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.604.543, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 29.069, actuando con el carácter de apoderada judicial del AMPARO MERCEDES CALDERA DE ITURBE y VICENTE ARGENIS ITURBE MENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 7.932.947 y 4.591.635, respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se homologa el presente Desistimiento, quedando extinguido el proceso y el litigio y por último este Juzgado da por terminado el juicio y ordena archivar el expediente.