En merito de las razones de hecho y de derecho que preceden expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abg. María Teresa Guevara Moreno, en su condición de Fiscal Décima Quinta (E) del Ministerio Público del Estado Monagas, en el proceso penal contenido en el asunto principal signado con el alfanumérico NP01-P-2011-001375 seguido al ciudadano Julio Chirinos Querales, en el sentido de que se declaran CON LUGAR los argumentos contenidos en los puntos segundo y tercero del recurso, no obstante, se declaran SIN LUGAR los argumentos contenidos en los puntos primero y cuarto, en consecuencia, se NIEGA La nulidad solicitada, pero se revoca la Libertad sin restricciones decretada y en su lugar se acuerda la Medida cautelar Sustitutiva de Libertad.....