Este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dándole cumplimiento a la presente comisión, declara formalmente EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, el inmueble anteriormente identificado, todo hasta cubrir la cantidad de DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES, CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 16.646.829,10), declarando consumada la desposesion jurídica del ejecutado