DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia en funciones de Juicio No. 09 constituido en forma Mixta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana y por Autoridad de la Ley Declara Primero: CULPABLE al acusado RUDY RAFAEL RINCON MORALES. Venezolano, Natural de Maracaibo Estado Zulia, cédula de identidad N° V-16.080.674, edad 24 años, estado civil soltero, profesión u ocupación latonero, hijo de ALVARO RINCON y de GLORIA MORALES, residenciado en el Barrio Integración Comunal Sector 6 de Enero, calle 59B, casa N° 117-155 a cuatro casas del abasto El Junquito, Maracaibo Estado Zulia, por considerarlo responsable de la comisión de los delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio de los ciudadanos YOENDRI JOSE PORTILLO, y en consecuencia lo .....