En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio con competencia en materia de delitos de violencia contra la mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Primero: SE DECLARA SIN LUGAR la petición de la defensa técnica de suspender el juicio hasta tanto no haya una sentencia firme en la Instancia de la Jurisdicción del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Expediente No.58578, relacionada con nulidad de matrimonio. Segundo: emitir el pronunciamiento correspondiente sobre la Suspensión Condicional del Proceso, en la oportunidad en la que fue fijada la apertura del debate oral, la cual está pautada para el día 07 de mayo de 2017, a las 09:00 a.m., conforme a lo dispuesto en los artículos 329 y 332 del Código Orgánico Proce.....