DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en vista de la no comparecencia de la parte demandante al referido acto, y de conformidad con lo antes expuesto declara EXTINGUIDO el juicio que por DIVORCIO siguió ante este despacho el ciudadano RODRIGO ANTONIO MORENO ISTURRIETA, contra la ciudadana JEINNY JOHEMY MOLERO PUENTES, ambos identificados anteriormente, manteniendo vigente el matrimonio celebrado por dichos ciudadanos el día 22 de agosto de 2009, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según consta del acta de matrimonio No.236, que corre inserta en las actas en los folios 4 y 5, del presente expediente. ASÍ SE DECIDE.