Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Que existe el derecho a cobrar honorarios profesionales al abogado DUBINI RAFAEL VELASQUEZ FIGUERA, inpreabogado Nro. 72.788; con lo cual concluye, la etapa declarativa y en consecuencia a solicitud de parte procede la aceptación del recibo del cheque consignado o el nombramiento del Tribunal Retasador. Por proveerse esta decisión fuera del lapso establecido por la ley, se ordena notificar a las partes.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los Dieciocho (18) días del mes de Abril del año dos mil once (2.011). Años: 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
El Juez,
Abg. Gustavo Posada Villa
La Secretaria,
Abg. Dubravka V.....