Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR Y CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACION DE CUERPOS y BIENES formulada por los ciudadanos: GERARDO ANTONIO BASABE GONZALEZ y JOSELYN DEL VALLE RIVAS BAEZ, plenamente identificados en las actas. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante la Intendencia de Seguridad del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día veinte (20) de Junio de dos mil tres (2003), según consta del acta de matrimonio No. 30, que corre inserta en las actas, al folio tres (3). ASI SE DECLARA.