DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Segundo Unipersonal de Primera Instancia actuando en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CULPABLE al ciudadano JOSÉ HATEN HATEN, identificado previamente en este sentencia, y en consecuencia LO CONDENA a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISIÓN, como autor responsable de la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 Segundo Aparte, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, al igual que a las penas accesorias de ley previstas en le artículo 16 del Código Penal, ORDENA LA INCINERACIÓN DE LA DROGA ANTE E.....