En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente los siguientes conceptos: PRIMERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%), de las cantidades de dinero por concepto de SUELDO O SALARIO, CESTA TICKET, BONOS DE SALUD, BONO VACACIONAL, BONO DE PRODUCTIVIDAD, HORAS EXTRAS, VACACIONES, FIDEICOMISO, CAJA DE AHORRO, UTILIDADES y otros conceptos que le puedan corresponder al ciudadano JAVIER ENRIQUE HERNANDEZ URDANETA, ya identificado. SEGUNDO: EL CIEN POR CIENTO
(100%) de las cantidades por conceptos de PRIMAS POR HIJOS, GASTOS EDUCATIVOS Y MEDICOS; en beneficio de las niñas MARIA LAURA, FRANCIS CAOLINA y MARIA CAROLINA HERNANDEZ HANCE, correspondientes al ciudadano JAVIER ENRIQUE HERNANDEZ URDANETA, titular de la cédula de identidad N° V-10.406.819, como trabajador al servicio de la empresa PETROQUIMICA DE VENEZUELA S.A ( PEQUIVEN). Se le informa al notifica.....