IV
DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR RECLAMACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentó la ciudadana YARITZA DEL CARMEN MAVAREZ MERCADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.681.173, con domicilio en el municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, en contra del ciudadano LUIS ERNESTO MUÑOZ SARCOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.100.520, domiciliado en el municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, en beneficio del niño LUIS RAFAEL MUÑOZ MAVAREZ, obligación esta que deberá cumplir el demandado en los términos establecidos en el texto del presente fallo.- ASÍ SE DECIDE.
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