DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el accionante CARLOS EDUARDO HERNANDEZ BARBOZA, y la sociedad mercantil SUPER ZAPATO GRANDE, C.A., por la cantidad de por la cantidad de OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.85.000,00)), que fueron pagados mediante cheque de mediante cheque del Banco Exterior, Nro.34-97562720, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: El Tribunal ordena el archivo del expediente por constar en las actas el pago de las cantidades convenidas en la presente transacción.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certif.....