DECISION
Por los fundamentos antes expresados este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, decide:
ÚNICO: Declara INADMISIBLE la presente demanda por cobro de bolívares por el procedimiento de intimación, incoada por la Abogada en ejercicio YANIRA GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, Abogada, titular de la Cédula de Identidad N°. V-7.831.397, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 52.937, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia; actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil "D&D INVERSIONES, C.A.", debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de enero del 2010, bajo el N°. 42, Tomo 5-A, representación que consta en instrumento poder autenticado por ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Maracaibo del Estado Zul.....