DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza del argumento vertido en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) Se ordena agregar las actas el escrito consignado, conjuntamente con sus anexos.
2) HOMOLOGA el acto de autocomposición procesal celebrado por las partes en el día dieciséis (16) de marzo de 2011.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.