Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
La homologación de la transacción celebrada en fecha quince (15) de marzo de dos mil once (2011), entre el profesional del derecho, ciudadano ANTONIO URDANETA GUTIÉRREZ, ya identificado, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano RAMIRO PARRA VILLASMIL, antes identificado, por una parte y por la otra los ciudadanos NIXÓN LUIS PIRELA LÓPEZ ARTEAGA e IRAMA SOCORRO ALVARADO, actuando en sus propios nombre y en representación de la Sociedad Mercantil DISEÑOS PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PIRELA, C.A., plenamente identificados, debidamente asistidos por el profesional del derecho, ciudadano JAVIER FELIPE SO.....