1. SIN LUGAR la apelación formulada por la parte demandante, ciudadano EDGAR DE JESUS RAMIREZ, ya identificado, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas en fecha 19 de enero del año 2010.
2. CONFIRMADA en todas sus partes la decisión del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas en fecha 19 de enero del año 2010.
En virtud de lo decidido y, por no entrar a considerar aspecto relacionados con el mérito de la controversia, no se condena en costas procesales a la parte actora.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley .....