Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ SIN LUGAR el recurso de hecho formulado por el profesional del derecho GIUSEPPE BOVE BOVE, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil LANCHAS ZULIANAS, C.A. y del ciudadano DUBAL LEONARDO BAEZ JORDAN, en contra de la decisión de fecha 17 de febrero de 2009, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede enm Cabimas, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES( INTIMACIÓN), intentado en su contra por el ciudadano FUAD ANTONIO NAME GOVEA
No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales dada la naturaleza del fallo.