Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente Secuestrado el inmueble señalado y descrito con anterioridad, totalmente desocupado de personas y de bienes. Igualmente el tribunal procede a designar la secuestrataria judicial y se designa a la Depositaria Judicial Santa Maria C.A ( DEPOSACA), legalmente inscrita en el registro de comercio llevado por la oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha cinco (05) de febrero de 2.002, bajo el Nº 32, Tomo 5-A representada por el ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad Nº 4.014.170, representación que consta en documento poder debidamente notariado por la Notaria Publica Octava de Maracaibo en fecha veinticinco (25) de Agosto de dos mil seis (2.006), quedando anotado bajo el Nº 28, TOMO 133, de los libros de autenticaciones llevados por la notaria, a quien se procedió a .....