Expuesto lo anterior, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana CONCEICAO RODRIGUES de FREITAS, extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número E-81.222.814.- SEGUNDO: Se AUTORIZA a la ciudadana CONCEICAO RODRIGUES de FREITAS, extranjera, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número E-81.222.814 , para que en nombre y representación de su hijo, el adolescente Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) realice las gestiones pertinentes ante el Registro Subalterno del Municipio donde esta ubicado el inmueble, tendentes a la opción de compra venta y documento definitivo de venta del mismo, siendo que la parte que corresponda al adolescente debe.....