Se pública Sentencia Condenatoria en la cual DECLARA PLENAMENTE RESPONSABLE, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, y lo Condena por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 217 del Código Penal Vigente, en perjuicio del Estado Venezolano; ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el articulo 458, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal Vigente y VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 374 del Código penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA y del Estado Venezolano; a cumplir la sanción de CUATRO (04) AÑOS DE PRIVATIVA DE LIBERTAD y sucesivamente UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA.