Este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de SIMULACION DE VENTA incoada por las ciudadanas GUADALUPE CUBILLAN DE CAMPOS, GELIXA CUBILLAN DE VILLASMIL y LUCY JACKELINE RIVERA DE FUENMAYOR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 7.785.313, 7.820.790 y 7.601.207, respectivamente y domiciliadas en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia , en contra de los ciudadanos ARSENIO CUBILLAN FARIA, LUCILA ORTEGA DE CUBILLAN y RAFAEL CUBILLAN ORTEGA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 100.342, 1.635.138 y 7.785.314, respectivamente y domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia y las Sociedades Mercantiles AGROPECUARIA DOÑA LUCILA, S.A. y AGROPECUARIA LUCILA, C.A, sobre el documento autenticado por.....