A) CONSUMADO el acuerdo realizado en fase de ejecución por la ciudadana FERNANDA ALEJANDRA BRACHO CHAVEZ y el ciudadano MIGUEL R. UBAN RAMIREZ, en consecuencia se homologa el mismo, dándole el carácter de cosa Juzgada, absteniéndose el Tribunal de archivar el expediente conforme a lo solicitado. Por último se acuerda oficiar al Registrador Subalterno correspondiente, en los términos anteriormente expuestos.
B) En cuanto a las costas procesales se deja constancia que las partes en uso del principio de la autonomía de la voluntad, determinaron las mismas en el acto contentivo del convenimiento, en el sentido de haber quedado incluidas dentro de las sumas entregadas al actor, por lo cual el Tribunal se abstiene de hacer pronunciamiento alguno sobre este concepto dado el pacto realizado por las partes de conformidad con lo establecido en él articulo 282 del Código de Procedimiento Civil.