En el día hábil de hoy,18 de Febrero de 2010, siendo las 8:41 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano CARLOS CUBILLAN en su carácter de parte actora asistido por los apoderados judiciales abogados Dennys González y Enrique Marquez y la ciudadana Mirania Muñoz en su condición de Presidenta de CONSTRUCCIONES E INVERSIONES MUÑOZ, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente asistida por el apoderado judicial abogado Juan Pablo Jiménez, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga al demandante la cantidad de ocho mil bolívares (Bs. 8.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES. .....