* Que el Tribunal competente para conocer del presente juicio es el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS.-
* SE ORDENA oficiar al JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a fin de remitirle copias certificadas de la presente decisión, previo cumplimiento a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
* SE ORDENA remitir las actuaciones del presente expediente al JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, a los fines de que continúe conociendo de la presente causa.-
No se hace especial pronunciamiento sobre las Costas Procesales, dada la naturaleza del fallo decidido.-