Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 156 del Código Civil y el artículo 777 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA: CON LUGAR la demanda de PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL incoada por la ciudadana ANGELICA MARIA SCOCCIA ROMAY ya identificada, en contra del ciudadano JESUS MEDARDO LORENZO MOROCOIMA anteriormente identificado. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la partición de los bienes pertenecientes a la comunidad conyugal, conformada por:
El 99,882% de las acciones de la sociedad mercantil MULTINVERSIONES Y SERVICIOS UNIVERSO, C.A.
Un (01) bien inmueble constituido por una parcela distinguida con el número 11 de la Zona D y la vivi.....