Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos YEMIRÉ ANDREINA PEROZO LUCENA y YOHAN ANTONIO CUICAS CUICAS, ya identificados.
a) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron en fecha diez (10) de abril de dos mil trece (2013), por ante el Registro Civil de la Parroquia Germán Rios Linares del Municipio Cabimas del Estado Zulia, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio N° 38, expedida por la misma.
b) En relación a la Custodia, así como también en lo relativo a la Obligación de Manutención y al Régimen de Convivencia Familiar, se acoge a lo acordado por las partes, cuyo conteni.....