TERCERO: Como consecuencia del particular anterior se declara el DECAIMIENTO DE LA APELACIÓN, interpuesto por el ciudadano LEOPOLDO ORTEGA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-769.405, asistido por el abogado Jesús Asdrúbal Rodríguez, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nº 14.486, (Parte Demandada-Apelante), en contra de la Sociedad Mercantil INCOVECA GRANITOS VENEZUELA C.A (INCOVECA), inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nº 24, tomo 34-A, en fecha 28/01/1998, y representada judicialmente por la abogada Eugenia Martínez Santiago, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.526.047, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el numero de matricula Nº 39.817 (Parte Demandante), sobre un lote de terreno, denominado "GUAIMIRE", anteriormente denominado "EL CUMANES", u.....