Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos NELSON ENRIQUE GARCIA MORILLO y EDDA ROSA PAEZ URBINA, asistidos por el abogado en ejercicio FREDY JOSE PAEZ URBINA, en fecha Primero (01) de Octubre de Mil Novecientos Setenta y Seis (1.976), por ante el Jefe Civil y Secretaria respectivamente, (antes) Municipio Libertador, Distrito Baralt del Estado Zulia (hoy) la Parroquia Libertador, Municipio Baralt del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 1380, acompañada a los autos.