- III -
- DISPOSITIVA -
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado DE LOS MUNICIPIOS MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, propuesta por los ciudadanos JONNY MORALES y LILIA MARIA ESPINA, ambos ya identificados. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 11 de julio de 1975, por ante por ante el prefecto y secretario respectivamente del municipio san Rafael municipio Mara del Estado Zulia, hoy Unidad de Registro Civil de la parroquia San Rafael Municipio Mara del estado Zulia, anotada bajo el Acta N°64, inserta en el Libro de Registro Civil para Matrimonios que llevó dicha Prefectura durante el año 1975.
El Tribunal deja expresa constancia el hecho manifestado por los solicitantes, que procrearon (3) hijos todos mayores de.....