Con mérito en los argumentos precedentes este Juzgado Undécimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco De La Circunscripción Judicial Del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR: la acción incoada por FRANK DE JESÚS CALVO VALENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.832.423, representado legalmente por los abogados MIGUEL MARTINEZ, TERESA ARRAIZ, LUÍS SULBARAN, REYES RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado Nº 18.116, 29.526, 135.054, 23.534 respectivamente de este domicilio; en contra de los ciudadanos CARLOS MARIO GÓMEZ RAMÍREZ y JOSÉ REINEL ARISTIZABAL QUINTERO (DEMANDADOS), mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 70.696.852 y 70.698.740 respectivamente, representados por el abogado ALEJANDRO MANTILA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpre Nº 114.174, de este domicilio, con ocasión al juicio p.....