DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra-Venta, incoada por la Sociedad Mercantil CYBERCARIBE, C.A, inscrita por ante Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el Nº 11, Tomo 38-A de fecha 28 de Julio del año 2008, contra la Sociedad Mercantil AB CELULAR, C.A, inscrita por ante Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, bajo el Nº 43, Tomo 18-A de fecha 22 de Junio del año 1999.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el pago de la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00), por concepto de lo adeudado como inicial de pago del contrato.
TERCERO: SIN LUGAR, el pago de los intereses moratorios.
CUARTO: No hay condenatoria en cos.....