En virtud de lo cual y por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECLARA CONVERTIDA EN DIVORCIO LA SEPARACION DE CUERPOS QUE POR MUTUO CONSENTIMENTO, tienen convenida, y fue declarada por este Tribunal, los ciudadanos. JOSE LUIS CAMPOS CAMACHO y KATIUSKA RAMIREZ RUIZ, ya identificados, y en consecuencia disuelto el Matrimonio Civil que estos contrajeron por ante el Registrador Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia, en fecha veintisiete de octubre del dos mil siete, (7-10-07).