ÚNICO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la
profesional del derecho AUDREY LUCIA DELGADO, actuando con el carácter de
defensora privada del ciudadano REINER JOSUÉ HERRERA FUENTES, en contra del
Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial
Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, por tener la parte accionante otras vías
jurídicas ordinarias para la resolución de su pretensión, todo de conformidad con lo
establecido en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías
Constitucionales.