V. Dispositivo.
Conforme a los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la pretensión de desalojo con fundamento en el artículo 91 numeral 2° de la Ley de Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda, referido a "la necesidad justificada del propietario de ocupar el inmueble arrendado o alguno de sus parientes consanguíneos hasta el segundo grado" y en consecuencia se le ordena a la parte demandada ciudadano JORGE SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 25.140.458, hacer entrega a la parte demandante ciudadana MARY LUZ HERNANDEZ FERNDANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.816.529, del inmueble ubicado en en.....