De esta forma, con vista a este escenario, esta Operadora Judicial, a fin de brindar seguridad jurídica a las partes, y en vías de una sana administración de justicia, determina que la profesional del derecho NELLY CASTELLANO, ostenta la representación judicial de la parte actora, ya que es potestad de esta nombrar abogados de su confianza para que la represente en juicio; en consecuencia, no existiendo en la ley prohibición alguna que circunscriba la situación surgida en autos, esta Sustanciadora determina que debe tenérsele como apoderada judicial de la ciudadana MERY MÉNDEZ, plenamente
identificada en el cuerpo de la presente resolución, a la abogada en ejercicio NELLY CASTELLANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 39.459.